Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
21-11-2012

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121121-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

108
Procedimiento ordinario 620 de 2008

En el procedimiento ordinario número 620 de 2008 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 115 de 2012

En Coslada, a 31 de julio de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don Jorge Martínez Moreno, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Coslada y su partido, los presentes autos civiles, seguidos entre las partes referenciadas, y de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado el siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación de “Construcciones Residenciales y Sociales, Sociedad Anónima”, contra don Ángel Montejo Cuesta y don Manuel Montejo Cuesta, condeno a los referidos demandados a abonar a la entidad demandante la cantidad de 4.561,32 euros, más los intereses legales de la referida cantidad desde la fecha de interposición de la demanda. Dicho interés se incrementará en dos puntos desde la fecha de esta resolución si deviniere firme.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso de interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución, limitado a exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre).

Y habiendo sido declarados en rebeldía don Ángel Montejo Cuesta y don Manuel Montejo Cuesta se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Coslada, a 8 de octubre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/8.640/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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