Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278
Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121121-66
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA
OTROS ANUNCIOS
Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de don Gustavo Ordóñez Romero, sin que se hubiese podido practicar, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en la sesión de 28 de mayo de 2012 entre otros aspectos acordó:
1. Incoar expediente de ejecución subsidiaria de la orden de ejecución dada a don Gustavo Ordóñez Romero, para que proceda a completar el vallado del inmueble de referencia catastral 0719124VK5501N0001UE, y que se encuentra en estado de solar definido por las calles de Rayo, Enrique Tierno Galván y Galicia, para dar cumplimiento con la norma VII.2.10.9 Cerramiento de solares de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes así como con lo dispuesto en la ordenanza especial reguladora de la limpieza y vallado de solares y suelo apto para urbanizar.
2. Conceder a don Gustavo Ordóñez Romero un plazo de quince días para que pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
3. Incoar a don Gustavo Ordóñez Romero expediente sancionador por haber incumplido la orden de vallado del solar con referencia catastral 0719124VK5501N0001UE, y que se encuentra en estado de solar definido por las calles de Rayo, Enrique Tierno Galván y Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 en relación con el 12 de la ordenanza especial reguladora de la limpieza y vallado de solares y suelo apto para urbanizar, que puede ser sancionada con multa del 10 al 20 por 100 del valor de las obras y trabajos necesarios para superar las deficiencias, calculado por los servicios técnicos municipales
4. Nombrar instructor del expediente sancionador a don Luis Salvador Manso Ramos, a quien se le notificará el presente acuerdo y que deberá abstenerse si en ella concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5. Notificar a don Gustavo Ordóñez Romero la incoación del expediente sancionador y que:
— Puede recusar al instructor del expediente si se diera alguno de los supuestos recogidos en el artículo 28 en relación con el artículo 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
— Puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, en cuyo caso se le impondrá una sanción de 2.500 euros.
— Tiene un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de notificación del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.
De no efectuar alegaciones, la iniciación del expediente se considerará propuesta de resolución de imposición de una multa por importe de 3.000 euros.
— El plazo para resolver el expediente será se seis meses, debiendo tenerse en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables a los interesados o por la suspensión del procedimiento, transcurrido el cual, se iniciará el cómputo del plazo de caducidad.
San Martín de la Vega, a 31 de octubre de 2012.—La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.
(02/8.697/12)

