Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121122-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

206
Demanda 1.174 de 2011

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.174 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Nieves Martínez Pérez, contra las empresas “Symonds Gabitat, Sociedad Limitada”, y “Análisis, Estudios y Control SC Consultancy, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 10 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por doña María Nieves Martínez Pérez, contra “Symonds Gabitat, Sociedad Limitada”, el administrador don Juan Carlos Andreu Pinillo, el administrador concursal don José Vicente Roldán Martínez, “Análisis, Estudios y Control SC Consultancy, Sociedad Limitada”, y la administradora concursal doña Myriam Ainhoa del Carré Díaz, y a su tenor, previa declaración de concurrencia de incumplimiento empresarial grave, debo acordar la resolución del contrato de trabajo constante entre la actora y “Symonds Gabitat, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que le satisfaga una indemnización resolutoria de 184.145,40 euros y el importe de 61.801,87 euros por la reclamación de cantidad. Los conceptos que integran esta última cantidad devengarán los intereses moratorios de acuerdo con lo razonado en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

Con libre absolución de “Análisis, Estudios y Control SC Consultancy, Sociedad Limitada”.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o graduado social o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Symonds Gabitat, Sociedad Limitada”, y “Análisis, Estudios y Control SC Consultancy, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.956/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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