Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
26-11-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121126-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

62
Plan parcial Carretera de Boadilla Sur

De conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 43.2.d) del ROP y 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 70.2 de la Ley 7/1985 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se hace público que el Pleno, en sesión ordinaria de 27 de septiembre de 2012, a iniciativa de la Junta de Gobierno Local de 5 de septiembre de 2012, acordó la rectificación del error material padecido en el párrafo 2.o del apartado 7 del artículo 29 de las normas urbanísticas del plan parcial del APR 2.5-02 “Carretera de Boadilla Sur” del Plan General de Ordenación Urbana, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 192, de 13 de agosto de 2012, y depositadas en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, con fecha 19 de julio de 2012. La parte dispositiva del mencionado acuerdo tiene el siguiente tenor literal:

“Primero.—Aprobar la rectificación de error material padecido en el párrafo 2.o del apartado 7 del artículo 29 de las normas urbanísticas del plan parcial del APR 2.5-02 “Carretera de Boadilla-Sur” del Plan General de Ordenación Urbana, titulado “Zona 03. Equipamiento público (EQ)”, de forma que:

Donde dice:

“Bajo la cubierta de la edificación, cuando su pendiente no sea superior a treinta y cinco grados (45o), podrá aprovecharse el espacio resultante como área habitable (...)”.

Debe decir:

“Bajo la cubierta de la edificación, cuando su pendiente no sea superior a cuarenta y cinco grados (45o), podrá aprovecharse el espacio resultante como área habitable (...)”.

Segundo.—Ordenar por el órgano competente la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como la notificación individual a los interesados.

Contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.

Pozuelo de Alarcón, a 27 de septiembre de 2012.—La secretaria general del Pleno (resolución de 16 de septiembre de 1999, “Boletín Oficial del Estado” número 232, de 28 de septiembre de 1999, y disposición adicional quinta de Ley 57/2003, de 17 de diciembre), Elvira M. C. García García.

(02/7.680/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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