Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
27-11-2012

Sección 2.111.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121127-21

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Servicio Público de Empleo Estatal

21
Resolución percepción indebida prestaciones desempleo

Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de la protección por desempleo, declarando la obligación de los interesados que se relacionan de devolver las cantidades percibidas indebidamente, por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se han intentado las notificaciones sin poderse practicar.

Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, disponen de treinta días para reintegrar dicha cantidad, que podrán efectuar en la cuenta número 0049/5103/71/2516550943, del “Banco Santander”, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal.

También podrán solicitar el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

En el supuesto de que no realizasen el reintegro y fuesen en algún momento beneficiarios de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el artículo 34 del Real Decreto 625/1985.

Transcurridos treinta días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizasen con posterioridad a la finalización del plazo de treinta días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará, a partir del primer mes posterior al período del pago reglamentario, con un recargo según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, podrá interponerse ante esta Dirección Provincial reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados estarán de manifiesto por el mencionado plazo de treinta días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.

RELACIÓN DE RESOLUCIONES DE PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/1992

Interesado. — NIF. — Expediente. — Importe. — Tipo recargo. — Importe con recargo. — Período. — Motivo

Pérez Hernández, Marcelino. — X-4072446-C. — 28201000008555. — 1.102,12 euros. — 3 por 100. — 1.135,18 euros. — Del 14 de abril de 2004 al 30 de diciembre de 2010. — Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción.

Pérez Hernández, Marcelino. — X-4072446-C. — 28201000008555. — 1.102,12 euros. — 5 por 100. — 1.157,23 euros. — Del 14 de abril de 2004 al 30 de diciembre de 2010. — Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción.

Pérez Hernández, Marcelino. — X-4072446-C. — 28201000008555. — 1.102,12 euros. — 10 por 100. — 1.212,33 euros. — Del 14 de abril de 2004 al 30 de diciembre de 2010. — Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción.

Pérez Hernández, Marcelino. — X-4072446-C. — 28201000008555. — 1.102,12 euros. — 20 por 100. — 1.322,54 euros. — Del 14 de abril de 2004 al 30 de diciembre de 2010. — Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción.

Serrano Mingo, Elisabet. — 46879147-H. — 28201000008551. — 6.326,99 euros. — 3 por 100. — 6.516,80 euros. — Del 1 de enero al 24 de junio de 2010. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Serrano Mingo, Elisabet. — 46879147-H. — 28201000008551. — 6.326,99 euros. — 5 por 100. — 6.643,34 euros. — Del 1 de enero al 24 de junio de 2010. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Serrano Mingo, Elisabet. — 46879147-H. — 28201000008551. — 6.326,99 euros. — 10 por 100. — 6.959,69 euros. — Del 1 de enero al 24 de junio de 2010. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Serrano Mingo, Elisabet. — 46879147-H. — 28201000008551. — 6.326,99 euros. — 20 por 100. — 7.592,39 euros. — Del 1 de enero al 24 de junio de 2010. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Gergette Sene, Yvonne Daba. — X-6546165-C. — 28201000008557. — 1.554,30 euros. — 3 por 100. — 1.600,93 euros. — Del 29 de octubre al 29 de octubre de 2009. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Gergette Sene, Yvonne Daba. — X-6546165-C. — 28201000008557. — 1.554,30 euros. — 5 por 100. — 1.632,01 euros. — Del 29 de octubre al 29 de octubre de 2009. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Gergette Sene, Yvonne Daba. — X-6546165-C. — 28201000008557. — 1.554,30 euros. — 10 por 100. — 1.709,73 euros. — Del 29 de octubre al 29 de octubre de 2009. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Gergette Sene, Yvonne Daba. — X-6546165-C. — 28201000008557. — 1.554,30 euros. — 20 por 100. — 1.865,16 euros. — Del 29 de octubre al 29 de octubre de 2009. — Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por regularización de situación especial.

Madrid, a 1 de octubre de 2012.—La directora provincial, Piedad Martín Álvarez.

(02/8.195/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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