Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121128-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

102
Ejecución 49 de 2011

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 49 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álex Alberto López Guevara, contra la empresa “Servicios Integrales Imai, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 23 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acuerdo: Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución número 49 de 2011, seguido a instancias de don Álex Alberto López Guevara, frente a “Servicios Integrales Imai, Sociedad Limitada”.

Habiéndose puesto a disposición de la parte ejecutada la cantidad de 67,06 euros en concepto de sobrante en la diligencia de ordenación de fecha 3 de noviembre de 2011, se reitera nuevamente la puesta a disposición a la ejecutada de dicha cantidad, para que en el plazo de ocho días hábiles comparezca a su cobro, debiendo comparecer persona con poder suficiente. Todo ello bajo apercibimiento de ser transferido el importe a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”, una vez notificada y firme la presente resolución. Debiendo comparecer persona con poder suficiente para el cobro y siendo los días de pago los lunes y martes, en horario de nueve a catorce.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2500/0000/00/0506/10 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Integrales Imai, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.892/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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