Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121129-244
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.305 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yeun Xing Zhang Lin, contra la empresa “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se han dictado resoluciones de fechas 15 de octubre de 2012 y 19 de octubre de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Sentencia número 404 de 2012
En Madrid, a 15 de octubre de 2012.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes: de una, y como demandante, don Yeun Xing Zhang Lin, que comparece asistido por el letrado don Marcial Amor Pérez, y de otra, como demandada, “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Fallo
Que estimo la demanda formulada por don Yeun Xing Zhang Lin frente a “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, y condeno a dicha demandada a que abone al actor la suma bruta de 6.933,34 euros por los conceptos relacionados en el ordinal segundo de la presente resolución.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de ordenación del secretario judicial don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 19 de octubre de 2012.
Del secretario judicial, para hacer constar que el número de la sentencia de fecha 15 de octubre de 2012, dictada en la demanda número 1.305 de 2012, no es 404 de 2012, siendo el número correcto 396 de 2012.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será necesario para la interposición del recurso de reposición acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta corriente 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 23 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/36.099/12)

