Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2012

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121129-71

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GASCONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Presupuesto 2011

Transcurrido el plazo de reclamaciones sobre la aprobación del presupuesto municipal ordinario para el ejercicio de 2011, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 117, de 4 de mayo de 2011, no habiéndose producido ninguna se considera definitivamente aprobado, publicándose el resumen por capítulos y el anexo I, “Relación de personal”.

RESUMEN POR CAPÍTULOS DEL PRESUPUESTO GENERAL ORDINARIO PARA 2011



ANEXO I

Relación de personal

a) Funcionarios con habilitación nacional:

— Secretario-interventor, 1 plaza.

b) Personal laboral indefinido a tiempo completo:

— Auxiliar administrativo para Gascones (de los 2 auxiliares para la agrupación de La Serna del Monte y Gascones), 1 plaza.

c) Personal laboral temporal a tiempo completo, convenio Comunidad de Madrid Corporaciones Locales:

— Agente de Empleo y Desarrollo Local, agrupado con el Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, 1 plaza.

— Peones de la construcción, 2 plazas.

— Auxiliar administrativo, 1 plaza.

— Fisioterapeuta, 1 plaza.

— Pedagoga, 1 plaza.

d) Convenio de Educación para personas adultas:

— Profesora de adultos un cuarto de jornada, 1 plaza.

Según lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso­administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Gascones, a 19 de octubre de 2012.—El alcalde, Francisco Javier Bricejo Gil.

(03/37.125/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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