Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121205-100
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento ordinario número 1.102 de 2009 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia número 12 de 2012
En Valdemoro, a 16 de enero de 2012.—Vistos por mí, doña María José González Ovejero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Valdemoro y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 1.102 de 2009, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, “Banco Pastor, Sociedad Anónima”, representada, por el procurador don Ángel Luis Lozano Nuño y defendida por los letrados don José Luis Alonso Iglesias y doña María Fernanda Pardo Fanjul, y como demandado, don Juan Carlos Martínez Camino, en rebeldía, en virtud de las facultades que me otorga la Constitución española y en nombre del Rey he pronunciado la siguiente sentencia:
Fallo
Que estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador don Ángel Luis Lozano Nuño, en nombre y representación del “Banco Pastor, Sociedad Anónima”, frente a don Juan Carlos Martínez Camino, debo acordar y acuerdo:
1. Declarar resuelto el contrato de arrendamiento financiero número 0544/4000 8344, impreso número 00007344, suscrito entre las partes en fecha 16 de febrero del 2007, cuyo objeto era un camión marca “DAF”, modelo FA CF 75.360, número de bastidor XLRAE75PC0E604811 y el número de matrícula 7119CGX, y declarar extinguido el derecho de opción de compra existente a favor de don Juan Carlos Martínez Camino desde la fecha de la presente resolución.
2. Condenar a don Juan Carlos Martínez Camino a estar y pasar por la anterior declaración, con entrega inmediata a la actora del camión objeto de contrato.
3. Condenar a don Juan Carlos Martínez Camino a que abone a la actora la cantidad de 8.607,93 euros correspondiente a cuotas impagadas, gastos de reclamación, impuesto, intereses ordinario e intereses moratorios hasta el 16 de julio de 2009 e indemnización de daños y perjuicios.
4. Condenar a don Juan Carlos Martínez Camino al pago del importe de las cuotas vencidas y no pagadas y de las comisiones desde la fecha de cierre y liquidación de la cuenta, es decir, desde el 16 de julio del 2009 hasta la reintegración del bien objeto del contrato de arrendamiento financiero.
5. Condenar a don Juan Carlos Martínez Camino al pago de los intereses moratorios pactados desde el cierre de la cuenta (el 16 de julio de 2009) hasta la reintegración del bien actora.
Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente de la notificación y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, para recurrir deberá constituir depósito de 50 euros mediante ingreso en la cuenta número 2845/0000/04/1102/09 especificando el código y tipo de recurso, debiendo acreditar al interponerse el recurso haber constituido el depósito mediante la presentación del resguardo de orden de ingreso.
Así por este sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dicta estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Carlos Martínez Camino se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Valdemoro, a 19 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).
(02/8.772/12)

