Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
08-12-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121208-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

110
Procedimiento 34 de 2009

Doña Verónica Iglesias Suárez, secretaria judicial de este Juzgado de lo social número 1 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento número 34 de 2009, en materia de cantidad, a instancias de don Miguel Ángel González León, don Carlos García Castro, don Tomás de las Casas Padilla, don Jerónimo Delgado Sanfiel, don Eduardo Arteaga Herrera, don Francisco Arteaga Herrera, don Donato Arbelo Fernández, doña María Adela Trujillo Pérez, don Andrés Silvestre Bolaños Hernández, don Virgilio Chinea López, don Pedro Correa Barroso, doña Eva Correa de la Cruz, doña Carmen Rosa Servando Corre, don José Edo Otero, doña María del Carmen Brito Martín, don Domingo González Palenzuela, don Olegario González García, don Óscar Hernández Gómez, don Juan José Chávez González, don Antonio Patricio Acosta González, don José Fernández Rodríguez, don Manuel García Rodríguez, don José Francisco González González, don Ángel Hernández Gil, don Juan José Hernández Delgado, don Gabriel López Anido, don Julio López Castro, don Víctor Montojo Ballester, don Rafael Martín Martínez, don Martín Martín Méndez, don Manuel Méndez González, doña Paulina Rodríguez Siverio, don Antonio Oliva Melián, don Eleuterio Ramón Padrón Padrón, don Manuel Pérez Padrón, don Juan Manuel Pérez Ramos, don José Antonio Padilla López, don Juan Padrón Quinter, don Antonio Pose Hermo, don Salvador Pérez Noda, don Juan José Padilla Santos, don Domingo de la Rosa Pérez, don Juan Rodríguez González, don Wílliam Rodríguez Baussou, don José Luis Rodríguez Fumero, don Ramón Rodríguez Castro, don Juan Rodríguez Mariano, don Ángel Rodríguez García, don Agustín Reyes León, don Manuel Ramón Romero Cejas, don Juan Rodríguez Rodríguez, don José Requejo Aragón, doña María Candelaria Ramos Díaz, don Francisco Dionisio Simón Menses, doña Ana María Figueiro Lois, don Francisco Arvelo Valencia y don Alberto Martín Sánchez, contra “WW Marpetrol, Sociedad Anónima”, por su señoría se ha dictado diligencia con fecha 18 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Verónica Iglesias Suárez.—En Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 2012.

Visto el estado de los presentes autos, y habiéndose observado que con fecha 2 de febrero de 2012 fue recogida en la empresa “WW Marpetrol, Sociedad Anónima”, la diligencia de ordenación dictada por este Juzgado con fecha 30 de enero de 2012, en la cual se le ponía en conocimiento que había un sobrante para la empresa ya mencionada por importe de 17.913,78 euros, sin que hasta el día de la fecha se personaran en este Juzgado para hacerle entrega de dicho mandamiento, se requiere a la misma a fin de que en el plazo de cinco días manifieste el motivo por el que no han pasado a retirarlo, con la advertencia que transcurrido el plazo sin manifestación alguna se procederá a transferir dicho importe a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados” y al archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de tres días ante la secretaria judicial, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “WW Marpetrol, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 2 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.919/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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