Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294
Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121210-1
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Mediante Orden 2264/1996, de 7 de octubre, de la entonces Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de octubre), fue convocado el proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías profesionales de Peón, Pinche de Cocina, Auxiliar Doméstico/a, Auxiliar de Servicios Generales y Auxiliar de Lencería (Grupo V, Nivel 1).
En relación a las mencionadas pruebas, el auto de 7 de septiembre de 2011, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en ejecución de la sentencia firme de 15 de diciembre de 2003, dictada por dicho órgano judicial con motivo del recurso contencioso-administrativo número 808/1999, obligó a la retroacción del proceso correspondiente a la categoría de Auxiliar de Servicios Generales respecto de determinados aspirantes que concurrieron al citado proceso, siendo necesario efectuar una nueva convocatoria de los mismos para la realización del segundo ejercicio de la fase de oposición de que constan las reseñadas pruebas, debiendo, posteriormente, continuar con el resto de actuaciones que, en su caso, resultaran procedentes a tal efecto.
A la vista de lo expuesto, en cumplimiento del fallo judicial recaído, una vez finalizadas dichas actuaciones, y como quiera que los aspirantes afectados han aprobado el proceso selectivo de referencia, esta Dirección General, en virtud de lo establecido en la Orden de convocatoria anteriormente señalada, así como en la Orden 2168/2006, de 20 de septiembre, de la entonces Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de octubre), por la que se aprueban las bases generales de convocatoria que rigen, asimismo, dicho proceso, y demás normativa de aplicación,
HA RESUELTO
Primero
Declarar que han superado el proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de la entonces denominada categoría de Auxiliar de Servicios Generales (en la actualidad, categoría de Auxiliar de Obras y Servicios, Área C), a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso y en cumplimiento del fallo judicial anteriormente indicado, los aspirantes que se relacionan a continuación, aspirantes que han obtenido en dicho proceso las calificaciones que se detallan seguidamente:
Segundo
De conformidad con lo establecido en la base séptima de la ya reiterada Orden de convocatoria, así como en las bases novena y décima de la citada Orden 2168/1996, los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para aportar ante la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (calle Miguel Ángel, número 28, 28010 Madrid), la documentación descrita a continuación:
a) Fotocopia debidamente compulsada del documento nacional de identidad vigente o, en caso de no ostentar la nacionalidad española, del documento vigente que acredite las condiciones de edad y nacionalidad a las que se alude en los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril).
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) de la citada Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, además de la declaración anteriormente indicada, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Con objeto de cumplimentar dicha declaración jurada o promesa, en el mismo plazo señalado en este apartado segundo se facilitará por la Dirección General de Función Pública un modelo a tal efecto.
c) En caso de haber resultado seleccionado por el turno de discapacidad, fotocopia debidamente compulsada de la tarjeta vigente identificativa de la discapacidad, expedida por el órgano competente, o del certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones.
d) Petición de destinos conforme a la puntuación obtenida en el proceso selectivo, a cuyos efectos los aspirantes aprobados, en el mismo plazo señalado en este apartado segundo, deberán personarse ante la Dirección General de Función Pública a fin de que les sea facilitada la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados.
Tercero
La totalidad de las actuaciones practicadas quedarán anuladas sin que, en consecuencia, proceda efectuar adjudicación de destino alguna, respecto de aquellos aspirantes que, dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación anteriormente indicada, o si del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o documentación.
Cuarto
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 7 de noviembre de 2012.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.
(03/39.385/12)

