Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121210-31
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
LICENCIAS
Pleno del Ayuntamiento
Secretaría General
Acuerdo del Pleno, de 26 de septiembre de 2012, por el que se aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de uso terciario, en su clase comercial, categoría de mediano comercio, en el edificio sito en la calle Antonia Rodríguez Sacristán, número 12, promovido por “Lidl Supermercados, Sociedad Anónima Unipersonal”, Distrito de Carabanchel.
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar definitivamente, una vez trascurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de uso terciario, en su clase comercial, categoría de mediano comercio, el edificio situado en la calle Antonia Rodríguez Sacristán, número 12, en el Distrito de Carabanchel, promovido por la entidad mercantil “Lidl Supermercados, Sociedad Anónima Unipersonal”, destinándose la totalidad de las plazas de aparcamiento, única y exclusivamente, al servicio del centro comercial.
La vigencia del presente Plan será de un año, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 54.3 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril».
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido, con fecha 5 de octubre de 2012, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 5 de octubre de 2012.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
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