Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121211-174
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 202 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcelino Zaballos Martín, frente a “Infantes de Castilla, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
Parte dispositiva:
Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Marcelino Zaballos Martín, frente a la demandada “Infantes de Castilla, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.252,77 euros, más 195,16 euros de intereses y 325,27 euros de costas, calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 4283/0000/64/1251/10.
Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luz Rico Recondo.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Despachar ejecución por la cantidad de 3.252,77 euros, más la cantidad de 195,16 euros en concepto de intereses y 325,27 euros en concepto de costas provisionales.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de revisión ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio de recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, decreto que ponga fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Infantes de Castilla, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 30 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/37.265/12)

