Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121214-175
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 90 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rocío Ramírez Montalván, frente a “Palace América, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha transcurrido en exceso el plazo concedido para formalizar el recurso de suplicación anunciado de lo que doy fe.
Auto
En Madrid, a 6 de noviembre de 2012.—Dada cuenta; y,
Antecedentes de hecho:
Primero.—Por la parte doña Rocío Ramírez Montalván se anunció, en fecha 16 de julio de 2012, recurso de suplicación contra la resolución de fecha 27 de junio de 2012.
Segundo.—Con fecha 21 de septiembre de 2012 se notificó a dicha parte recurrente la providencia por la que se admitía a trámite el recurso de suplicación, emplazándole para que en el plazo legal se hiciera cargo de los autos, a los efectos de formalizar el recurso de suplicación.
Tercero.—La parte recurrente ha dejado transcurrir el plazo concedido a los efectos anteriores, sin hacerse cargo de los autos ni formalizar el recurso.
Fundamentos jurídicos:
Único.—El artículo 195.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social dispone que, una vez se tenga por anunciado el recurso de suplicación, se acordará poner los autos a disposición del letrado o graduado social colegiado designado, para que interponga el recurso dentro de los diez días siguientes a que se notifique la puesta a disposición; es por lo que de conformidad con lo ordenado en el artículo 195.2 de dicha norma procesal,
Parte dispositiva:
Se tiene por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por doña Rocío Ramírez Montalván contra la resolución de fecha 27 de junio de 2012 dictada en los presentes autos.
Modo de impugnación: mediante recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución, debiendo acompañar copia de la presente resolución de acuerdo con el artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por el artículo 4, apartado 23, de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.
Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Begoña García Álvarez.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 6 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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