Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121217-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Concesión crédito extraodinario

Habiéndose aprobado definitivamente al no haberse presentado reclamaciones el expediente de concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito número 3/2012, por importe de 24.248,84 euros, se publica con el siguiente desarrollo por aplicaciones:

ANEXO

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO NÚMERO 3/2012

CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO

Aplicaciones presupuestarias que se generan/amplían y financian con mayores ingresos afectados. Subvenciones recibidas

De gastos

134.634. Seguridad. Inversión nueva funcionamiento operativo de los servicios (Protección Civil).

920.130. Indemnización y salarios de tramitación por despido improcedente. Ejecución de sentencia.

912.120. Salarios altos cargos. Retribuciones Alcaldía segundo semestre del ejercicio 2010. Ejecución de sentencia.



De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en concordancia con el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Venturada, a 5 de diciembre de 2012.—El alcalde, Daniel Caparrós López.

(03/40.670/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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