Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121220-250

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

250
Demanda 989 de 2012

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 989 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Georgiana Cornelio Dobre, contra “Global Plus Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 13 de noviembre de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña Georgiana Cornelia Dobre, frente a la empresa “Global Plus Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar a la actora por los conceptos adeudados la cantidad de 1.122,93 euros (salvo error u omisión), incrementada en el 10 por 100 en concepto de interés por mora.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial al amparo de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 191.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Global Plus Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 15 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.214/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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