Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121220-264

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

264
Despido/ceses en general 727 de 2011

Don Antonio de la Fuente Figuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 727 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Florentina Mircea, contra “Francisco Guillén Juárez, Sociedad Limitada”, don Francisco Palomar Fernández, “Negocios Sandoi, Sociedad Limitada”, y “Club Invest Península Ibérica, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Primero. Que estimo la demanda de doña Florentina Mircea, en reclamación por despido, y declaro que el cese de la demandante constituye despido improcedente del que son responsables las empresas demandadas “Negocios Sandoi, Sociedad Limitada”, y “Francisco Guillén Juárez, Sociedad Limitada”.

Segundo. Que condeno solidariamente a las empresas “Negocios Sandoi, Sociedad Limitada”, y “Francisco Guillén Juárez, Sociedad Limitada”, a pasar por los efectos de esta declaración y a que abonen a la actora la cantidad de 10.268 euros y al pago de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia a razón de 36,03 euros diarios (total 7.854 euros), sin perjuicio de las detracciones o compensaciones que puedan practicar el Servicio Público Estatal de Empleo o el Fondo de Garantía Salarial durante el período coincidente entre el devengo de salarios de tramitación y el cobro de desempleo.

Tercero. Que declaro extinguida la relación laboral a fecha de esta sentencia.

Cuarto. Tener por desistida a la demandante de su demanda respecto de la empresa “Club Invest Península Ibérica, Sociedad Limitada”, y del empresario don Francisco Palomar Fernández.

Con recurso de suplicación.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Francisco Palomar Fernández y “Club Invest Península Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 16 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/38.195/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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