Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303
Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121220-70
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria celebrada el 30 de marzo de 2012, adoptó el siguiente acuerdo, que se transcribe literalmente a continuación:
«Punto 3.o Aprobación modificación retribuciones de concejales.
Se da cuenta del expediente incoado para señalar retribuciones e indemnizaciones a los miembros de esta Corporación con los informes de Intervención, número 37/2012, de 8 de febrero de 2012, y de Secretaría, número 19/2012, de 8 de febrero de 2012, con base en lo preceptuado en los artículos 75 de la Ley de Bases de Régimen Local y 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, y estudiadas las especiales características del Ayuntamiento.
Consta dictamen favorable de la comisión informativa de Hacienda de 26 de marzo de 2012.
El Pleno, por mayoría de siete votos a favor emitidos por los concejales del CID, CPGR, PSOE y PPCG, y seis votos en contra emitidos por los concejales del PP, habiendo votado los 13 concejales asistentes a esta sesión, acuerda:
Primero.—Modificar la dedicación hasta ahora parcial al 50 por 100 de la concejala doña María Yolanda Castellanos Juzgado, que pasará a desempeñar sus cargos con dedicación exclusiva al 100 por 100 y que en fecha 8 de febrero de 2012 fue nombrada concejala-delegada de Servicios Sociales, Obras Públicas, Servicios Urbanos y Transportes. Las nuevas necesidades operativas del organigrama municipal hacen que el tiempo de dedicación sea muy superior al asumir las competencias del área de Servicios Sociales dentro de lo que se encuentra la Residencia de Mayores y el Centro de Día Municipal.
Segundo.—Fijar el siguiente régimen de retribuciones para el miembro de la Corporación, doña María Yolanda Castellanos Juzgado. Régimen de retribución bruta: 27.000 euros anuales.
Las retribuciones brutas de la citada concejala se abonarán en 14 pagas y se revisarán anualmente con lo que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Los concejales que ostenten la condición de funcionarios mantendrán el derecho a la percepción de los trienios por el concepto de antigüedad que tengan reconocidos en la actualidad.
Tercero.—Se solicitará ante la Tesorería Territorial General de la Seguridad Social la afiliación y el alta de los miembros de la Corporación citados, asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del Régimen General de la Seguridad Social imponen a las empresas en relación con los trabajadores a su servicio.
Cuarto.—La Corporación asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda.
Quinto.—Autorizar y disponer el gasto con cargo a las partidas 111-100 y 111-230.
Sexto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
Lo que se hace público a los efectos oportunos, en Griñón, a 29 de noviembre de 2012.—La alcaldesa-presidenta, María Antonia Díaz Garrido.
(03/39.691/12)

