Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303
Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121220-58
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 274, de fecha 16 de noviembre de 2012, el anuncio del acuerdo de aprobación provisional de la modificación de las bases de ejecución del ejercicio económico 2012, sin que durante el plazo de exposición pública se hayan presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el mencionado acuerdo, publicándose a continuación el texto íntegro, que entrará en vigor una vez producida la publicación del presente anuncio en el mencionado boletín, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se modifica la base decimonovena de ejecución del presupuesto 2012, quedando la redacción como sigue:
Base decimonovena. Determinación de deudores de dudoso cobro
A los efectos de lo previsto en el artículo 191 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se establecen los siguientes criterios para el cálculo de los derechos pendientes de cobro que se consideren de difícil o imposible recaudación. Dichos criterios se determinan en función de la antigüedad del ejercicio al que pertenece el derecho reconocido, del siguiente modo:
— Deudas dentro de los dos ejercicios inmediatamente anteriores al actual: se computa un 25 por 100 como dudoso cobro.
— Deudas del tercer y cuarto ejercicio inmediatamente anterior al vigente: se computa un 50 por 100 como dudoso cobro.
— Deudas del quinto ejercicio inmediatamente anterior al vigente: se computa un 75 por 100 como dudoso cobro.
— Deudas desde el sexto ejercicio y demás anteriores al inmediatamente precedente: se computa un 100 por 100 como deudores de dudoso cobro.
Según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del presupuesto los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Colmenarejo, 5 de diciembre de 2012.—La alcaldesa-presidenta, Nieves Roses Roses.
(03/39.757/12)

