Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
21-12-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121221-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

165
Demanda 593 de 2011

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 593 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Herráez Vela, contra la empresa “Previgalia Correduría de Seguros, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 445 de 2012, de fecha 7 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Teresa Herráez Vela, contra la empresa “Previgalia Correduría de Seguros, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 1.389,20 euros, cantidad que se incrementará en un 10 por 100 de interés de mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia, o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Previgalia Correduría de Seguros, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y/o en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 8 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.390/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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