Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121221-172
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 443 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfredo Martín Pozo, frente a “Adecco TT, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado el decreto de fecha 23 de octubre de 2012 siguiente:
Diligencia.—En Madrid, a 23 de octubre de 2012.
La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 22 de octubre de 2012 ha tenido entrada el anterior escrito de la parte actora don Alfredo Martín Pozo, desistiendo de la demanda presentada en su día.—Doy fe.
Decreto
Secretaria judicial, doña María José González Huergo.—En Madrid, a 23 de octubre de 2012.
Parte dispositiva:
Acuerdo: Tener por desistido a don Alfredo Martín Pozo de su demanda, y una vez firme esta resolución se archivarán los autos.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral, y estando presentes todas las partes, se les notifica la resolución precedente por la lectura y entrega de copia literal. Firmado en prueba de su conformidad, de lo cual doy fe.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alfredo Martín Pozo, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 20 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/38.286/12)

