Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
26-12-2012

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121226-81

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Avocación competencias

Se hace público para general conocimiento que en fecha 27 de noviembre de 2012 han sido dictadas resoluciones de la Alcaldía en los términos que a continuación se extractan:

Primera.—Avocación de las competencias de la Alcaldía delegadas a los concejales del equipo de gobierno mediante decretos de 13 de junio 2012 y números 443/2011, 444/2011, 445/2011, 446/2011, 447/2011, 448/2011 y 449/2011.

Segunda.—Delegación de las competencias de la Alcaldía que se citan a continuación en el concejal don Esteban Bravo Fernández:

— Servicios a la Ciudad.

— Medio Ambiente.

— Política Agraria.

— Transporte.

La delegación conferida comprende las facultades de dirección y gestión sin actos administrativos que afecten a terceros de aquellos expedientes que se generen en el Área de su competencia, recayendo la resolución del mismo en el alcalde-presidente.

Tercera.—Delegación de las competencias de la Alcaldía que se citan a continuación en la concejala doña Victoria Jara Lozano:

— Educación.

— Sanidad.

— Servicios Sociales.

— Participación Ciudadana.

La delegación conferida comprende las facultades de dirección y gestión sin actos administrativos que afecten a terceros de aquellos expedientes que se generen en el Área de su competencia, recayendo la resolución del mismo en el alcalde-presidente.

Cuarta.—Delegación de las competencias de la Alcaldía que se citan a continuación en el concejal don Raúl Huerta Quiroga:

— Régimen Interior.

— Deportes.

— Gestión del Prisma.

— Patrimonio.

— Urbanismo.

La delegación conferida comprende las facultades de dirección y gestión sin actos administrativos que afecten a terceros de aquellos expedientes que se generen en el Área de su competencia, recayendo la resolución del mismo en el alcalde-presidente.

Quinta.—Delegación de las competencias de la Alcaldía que se citan a continuación en la concejala doña Encarnación López Mercado:

— Área del Mayor.

— Comercio, Industria y Empleo.

La delegación conferida comprende las facultades de dirección y gestión sin actos administrativos que afecten a terceros de aquellos expedientes que se generen en el Área de su competencia, recayendo la resolución del mismo en el alcalde-presidente.

Sexta.—Delegación de las competencias de la Alcaldía que se citan a continuación en el concejal don Álvaro Martín Torrejón:

— Obras Menores.

— Nuevas Tecnologías.

— Festejos.

— Comunicación.

La delegación conferida comprende las facultades de dirección y gestión sin actos administrativos que afecten a terceros de aquellos expedientes que se generen en el Área de su competencia, recayendo la resolución del mismo en el alcalde-presidente.

Séptima.—Delegación de las competencias de la Alcaldía que se citan a continuación en el concejal don José Hernando Andrés:

— Hacienda.

— Seguridad.

— Asuntos Jurídicos

— Recursos Humanos.

La delegación conferida comprende las facultades de dirección y gestión sin actos administrativos que afecten a terceros de aquellos expedientes que se generen en el Área de su competencia, recayendo la resolución del mismo en el alcalde-presidente.

Octava.—Delegación de las competencias de la Alcaldía que se citan a continuación en la concejala dona Vanesa Alcalde Muñoz:

— Área de la Mujer.

— Juventud e Infancia.

— Cultura.

La delegación conferida comprende las facultades de dirección y gestión sin actos administrativos que afecten a terceros de aquellos expedientes que se generen en el Área de su competencia, recayendo la resolución del mismo en el alcalde-presidente.

Torrejón de Velasco, a 29 de noviembre de 2012.—El alcalde-presidente, Gonzalo Cubas Navarro.

(03/40.151/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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