Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130112-65
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 514 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Bermejo Cerrada, don Adolfo Sanz Sobrino, don Francisco Javier Gómez López, don José Luis Bermejo Cerrada, don Ricardo Bermejo Cerrada, doña Raquel Cenalmor del Dedo, contra don Manuel Matías Fabana (administrador concursal), e “Integral Networks, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Estimo las demandas acumuladas de los actores y declaro la improcedencia de cada uno de sus despidos.
Asimismo, declaro extinguida la relación laboral de cada uno de los demandantes con la empresa demandada.
Declaro debidas las cantidades que se dirán a continuación.
En consecuencia, condeno a la empresa demandada “Integral Networks, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone:
A don Antonio Bermejo Cerrada: la cantidad de 16.412,89 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 1.701,46 euros por concepto de diferencias salariales.
A don Adolfo Sanz Sobrino: la cantidad de 80.718,60 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 5.757,27 euros por concepto de diferencias salariales.
A don Francisco Javier Gómez López: la cantidad de 21.137,20 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 1.723,83 euros por concepto de diferencias salariales.
A don José Luis Bermejo Cerrada: la cantidad de 15.980,89 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 1.656,73 euros por concepto de diferencias salariales.
A don Ricardo Bermejo Cerrada: la cantidad de 29.794,79 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 2.141,91 euros por concepto de diferencias salariales.
A doña Raquel Cenalmor del Dedo: la cantidad de 29.578,09 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 2.904,93 euros por concepto de diferencias salariales.
Declaro la mora de las cantidades anteriormente señaladas, en concepto de diferencias salariales, y a dichas cantidades se les aplicará el interés legal, desde la fecha de su devengo hasta su total pago.
Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará las cantidades anteriormente señaladas hasta el límite legal, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.
Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 381/09 de procedimiento, en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, (oficina en la planta primera del edificio de estos Juzgados), así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.
Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Integral Networks, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 30 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/40.665/12)

