Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130114-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

30
Padrón impuesto vehículos tracción mecánica

Aprobado definitivamente por decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 2 de enero de 2013, el padrón y la lista cobratoria del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año 2013, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 1 de febrero al 31 de marzo de 2013, ambos inclusive.

Lugar y forma de pago: En dinero de curso legal en cualquiera de las sucursales de las entidades bancarias que a continuación se relacionan, “Bankia” y “La Caixa”.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en el mismo, podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

En Belmonte de Tajo, a 3 de enero de 2013.—La alcaldesa, Ana María Pinós Sangonzalo.

(02/162/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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