Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130117-74
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 166 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Leonor Ruiz Escribano, doña María del Carmen Mora Lucas, doña Dolores Urbanos Hervias, don Ángel Cruz Sayago, doña Antonia García Sánchez y doña Ana Isabel García Navarro, contra la empresa “Cincom, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 3 de diciembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
1. Se declara extinguida, con fecha de esta resolución, la relación laboral existente entre la empresa “Cincom, Sociedad Limitada”, y los trabajadores demandantes.
2. Se declara la obligación de la citada empresa de abonar a los trabajadores las siguientes cantidades en concepto de indemnización, así como por salarios dejados de percibir desde el día en que tuvo lugar el despido (22 de diciembre de 2011) hasta la fecha de hoy (la primera cantidad corresponde a indemnización, y la segunda a salarios de tramitación):
Para doña Leonor Ruiz Escribano: 67.851 euros y 20.301,45 euros.
Para doña María del Carmen Mora Lucas: 13.817,61 euros y 15.377,83 euros.
Para don Ángel Cruz Sayago: 66.598,50 euros y 23.087,48 euros.
Para doña Antonia García Sánchez: 50.891,40 euros y 15.227,03 euros.
Para doña Ana Isabel García Navarro: 43.302,60 euros y 16.489,98 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, ante este Juzgado, en el término de tres días a contar desde su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).
Así lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 53 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cincom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/40.987/12)

