Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21

Fecha del Boletín 
25-01-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130125-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Ordenanza fiscal tasa utilización dominio público local 2013

Advertido error en la publicación de los anuncios de 31 de diciembre de 2012 y de 11 de enero de 2013 sobre la aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamientos especiales del dominio público local, se procede a su corrección en los siguientes términos:

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de diciembre de 2012

Donde dice:

“C.1. Entradas de vehículos en edificios o cocheras particulares o aparcamientos individuales de propiedad dentro de un aparcamiento general, y los situados en zonas o calles particulares, que formen parte de comunidades de propietarios, con prohibición de aparcamiento para vehículos que no sean de propiedad de algún miembro de la comunidad, hasta dos plazas, por metro lineal o fracción, al año: 42 euros.

En garajes de capacidad superior a dos plazas los precios se incrementarán en 0,916967 euros/metro lineal o fracción por cada plaza existente.

C.2. Entradas de vehículos a establecimientos industriales o comerciales no destinados específicamente a garaje, por cada metro lineal o fracción, al año: 85,36 euros.

C.3. Reserva de espacio para aparcamiento exclusivo, carga o descarga, por cada metro lineal o fracción, al año: 85,36 euros”.

Debe decir:

“C.1. Entradas de vehículos en edificios o cocheras particulares o aparcamientos individuales de propiedad dentro de un aparcamiento general, y los situados en zonas o calles particulares, que formen parte de comunidades de propietarios, con prohibición de aparcamiento para vehículos que no sean de propiedad de algún miembro de la comunidad, hasta dos plazas, por metro lineal o fracción, al año: 39.62 euros.

En garajes de capacidad superior a dos plazas los precios se incrementarán en 1,426277 euros/metro lineal o fracción por cada plaza existente.

C.2. Entradas de vehículos a establecimientos industriales o comerciales no destinados específicamente a garaje, por cada metro lineal o fracción, al año: 39,62 euros.

C.3. Reserva de espacio para aparcamiento exclusivo, carga o descarga, por cada metro lineal o fracción, al año: 39,62 euros”.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de enero de 2013

Donde dice:

Artículo 19, epígrafe E.1. “Por cada puesto de venta en agrupaciones de mercadillo, autorizados por el Ayuntamiento en lugares y días señalados, al trimestre: 116,09 euros”.

Debe decir:

Artículo 19, epígrafe E.1. “Por cada puesto de venta en agrupaciones de mercadillo, autorizados por el Ayuntamiento en lugares y días señalados, al trimestre: 112 euros”.

Alcorcón a 14 de enero de 2013.—El secretario general del Pleno, Gabriel Antonio Dotor Castilla.

(03/1.374/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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