Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130129-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

124
Demanda 1.185 de 2011

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.185 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Liliana Hernández Ortega, contra don Fernando Ariel González López y “Aldana Marcín González Arquitectos y Diseñadores, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 24 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 371 de 2012

En Madrid, a 24 de septiembre de 2012.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Liliana Hernández Ortega, que comparece asistida por la letrada doña Luz Elena Jara Vera, y de otra, como demandados, don Fernando Ariel González López, que no comparece; “Aldana Marcín González Arquitectos y Diseñadores, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que comparece asistido y representado por la letrada doña María Santas Ara Callizo, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que desestimo la demanda formulada por doña Liliana Hernández Ortega, frente a “Aldana Marcín González Arquitectos y Diseñadores, Sociedad Limitada”, y don Fernando Ariel González López, y absuelvo a dichos demandados de las pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Fernando Ariel González López y “Aldana Marcín González Arquitectos y Diseñadores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/380/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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