Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2013

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130131-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

100
Recurso 770 de 2012

Doña Margarita Carrero Rodríguez, secretaria de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede de Burgos).

Hago saber: Que en el recurso de suplicación número 770 de 2012 de esta Sala, que trae su causa de los autos número 442 de 2012 del Juzgado de lo social número 1 de Burgos, seguidos a instancias de don José Andrés de Diego Escudero, contra “Consulting, Sociedad Limitada”, y otros, sobre cantidad, ha sido dictado auto aclaratorio, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

Ilustrísima señora doña María José Renedo Juárez (presidenta), ilustrísimo señor don Carlos Martínez Toral (magistrado) e ilustrísima señora doña Ana Sancho Aranzasti (magistrada).—Burgos, a 19 de diciembre de 2012.

La Sala acuerda: Que debemos aclarar y aclaramos la sentencia dictada en el presente recurso en el sentido de que en el encabezamiento debe constar: “En Burgos, a 13 de diciembre de 2012”; todo ello manteniendo el resto de sus pronunciamientos.

Notifíquese este auto a las partes, advirtiéndoles que contra el mismo no cabe recurso alguno, sin perjuicio del que proceda frente a la resolución del presente recurso, el cual deberá interponerse, en su caso, en el término de diez días a partir de su notificación.

Así por este nuestro auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—María José Renedo Juárez, Carlos Martínez Toral y Ana Sancho Aranzasti.

Y para que sirva de notificación en forma legal a “Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España”, expido la presente en Burgos, a 20 de diciembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/658/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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