Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130131-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Procedimiento ordinario 416 de 2009

En el procedimiento ordinario número 416 de 2009 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 18 de diciembre de 2012.—Doña Milagros Aparicio Avendaño, magistrada-juez de primera instancia número 90 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 416 de 2009, seguido ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Junta de Compensación de la Urbanizadora de La Alarilla con procuradora doña Celia López Ariza, y de otra como demandadas doña Ana María Muñoz Molina, con procurador don Ignacio Requejo García de Mateo, doña Ana María Gallego Muñoz, doña Beatriz Gallego Muñoz, y doña Silvia Gallego Muñoz, declaradas en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que, estimando íntegramente, las pretensiones deducidas en la demanda interpuesta por la procuradora doña Celia López Ariza en nombre y representación de la Junta de Compensación de la Urbanización de La Alarilla, como parte demandante, contra doña Ana María Muñoz Molina, doña Ana María Gallego Muñoz, doña Beatriz Gallego Muñoz y doña Silvia Gallego Muñoz, como parte demandada, debo condenar y condeno a dicha parte demandada, al pago a la actora de la cantidad de 13.540,10 euros, más 1.150,41 euros en concepto de recargo establecido en el artículo 48.2 de los Estatutos de la Junta de Compensación, correspondientes al principal reclamado, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la presentación de la demanda. Con expresa condena de las costas causadas en la presente instancia a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado, dentro del término de veinte días, a partir de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

La interposición del recurso de apelación precisará la constitución de un depósito de 50 euros (clave 02). Las cantidades objeto de depósito deberán ser consignadas en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta expediente 41490000 (clave recurso) (número de procedimiento cuatro dígitos) (año).

Si el ingreso se realiza mediante transferencia bancaria el código y tipo concreto de recurso se indicará después de los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Ana María Gallego Muñoz, doña Beatriz Gallego Muñoz y doña Silvia Gallego Muñoz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 8 de enero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/283/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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