Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2013

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130202-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

31
Ordenanza precio público prestación boletines informativos y difusión municipales

1. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda, con carácter provisional la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público para la prestación del servicio de publicidad en los boletines informativos y de difusión municipales, que ha sido aprobada por esta Corporación en sesión de la Junta de Gobierno Local, de 17 de diciembre de 2012.

2. De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo provisional se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicha exposición al público se anunciará además en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID comenzando a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del correspondiente anuncio y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid.

4. En caso de que no se presenten reclamaciones dentro de plazo los acuerdos provisionales se entenderán definitivamente aprobados, sin necesidad de acuerdo plenario.

Torrejón de Ardoz, a 17 de enero de 2013.—El concejal-delegado de Empleo, Hacienda y Universidad (decreto de Alcaldía de 15 de junio de 2011), Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/1.956/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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