Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130202-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

64
Demanda 851 de 2011

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 851 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Rafael Caso Díaz, don Francisco Requejo Pereira y don Luis Torrejón Toro, contra la empresa “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 8 de noviembre de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Juan Rafael Caso Díaz, don Francisco Requejo Pereira y don Luis Torrejón Toro, contra “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los demandantes las siguientes cantidades, más el 10 por 100 de interés por mora:

A don Juan Rafael Caso Díaz: 2.856,73 euros.

A don Francisco Requejo Pereira: 3.344,95 euros.

A don Luis Torrejón Toro: 3.222,38 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

El recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, sucursal de calle Princesa, número 3, primera planta, cuenta número 2515.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/974/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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