Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130202-72

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

72
Ejecución 213 de 2012-M

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 213 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén Torralba Gómez, doña Estela González Sánchez, doña María del Carmen Clemente Sastre, doña María del Carmen Losada Méndez, doña María del Carmen Rubio Burguillo, doña María Luisa Párraga Santaella, doña Paloma Jiménez-Millas Tapia y doña Rosa María Antoni Álvarez, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Extinguir la relación laboral que unía a las partes con efectos del día de la fecha y condenar a “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, a abonar a las actoras las siguientes cantidades:

A doña María del Carmen Rubio Burguillo:

Indemnización: 7.260 euros.

Salarios de tramitación: 4.235 euros (a razón de un salario diario de 30,25 euros y descontando el período trabajado en que percibió superior salario).

A doña Rosa María Antoni Álvarez:

Indemnización: 4.739,18 euros.

Salarios de tramitación: 2.169,58 euros (a razón de un salario diario de 21,42 euros y descontado el período trabajado en que percibió superior salarios, el salario percibido en el que fue inferior y los días en que permaneció en situación de incapacidad temporal).

A doña María Luisa Párraga Santaella:

Indemnización: 6.090,53 euros.

Salarios de tramitación: 2.664,83 euros (a razón de un salario diario de 24,78 euros y descontado el período trabajado en que percibió superior salarios y el salario percibido en el que fue inferior).

A doña María del Carmen Clemente Sastre:

Indemnización: 5.703,83 euros.

Salarios de tramitación: 2.294,42 euros (a razón de un salario diario de 25,78 euros y descontado el período trabajado en que percibió superior salarios).

A doña Estela González Sánchez:

Indemnización: 4.176,90 euros.

Salarios de tramitación: 6.447,42 euros (a razón de un salario de 21,42 euros y descontado el período trabajado en que percibió superior salario).

A doña Paloma Jiménez-Millas Tapia:

Indemnización: 6.666,26 euros.

Salarios de tramitación: 4.218,20 euros (a razón de un salario diario de 30,13 euros y descontando el período trabajado en que percibió superior salario y los días en situación de incapacidad temporal).

A doña Ana Belén Torralba Benayas Redondo:

Indemnización: 5.205 euros.

Salarios de tramitación: 7.909,51 euros (a razón de un salario diario de 27,76 euros y descontado el salario percibido en sus posteriores empleos y el período en situación de incapacidad temporal).

A doña María del Carmen Losada Méndez:

Indemnización: 4.498,85 euros.

Salarios de tramitación: 12.469,77 euros (a razón de un salario diario de 23,07 euros y descontado el salario percibido en su posterior empleo).

Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Servicio Público de Empleo Estatal, a los que se advierte que frente a la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días ante este Juzgado, y para ello, todo aquel el que no sea un organismo público ni tenga la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social debe consignar como depósito 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Español de Crédito” con el número 2519, clave 64, sucursal 1033, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 28 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/918/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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