Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130204-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

82
Autos 656 de 2011

Don Salvador González Bascueña, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital.

En resolución de esta fecha dictada en los autos seguido bajo el número 656 de 2012, sobre divorcio, promovidos por la procuradora doña Olga Rodríguez Herranz, en nombre y representación de doña Lina María Osorio López, contra don Oswaldo Edber López Vallejo, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a mencionada parte demandada de que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de 27 de noviembre de 2012, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Estimar la demanda y declarar disuelto por divorcio el matrimonio celebrado el día 20 de abril de 2006, entre don Oswaldo Edber López Vallejo y doña Lina María Osorio López, con los efectos inherentes a dicha declaración, declarando disuelta la sociedad de gananciales a cuya liquidación se procederá, en su caso, por los trámites de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Comuníquese de oficio la presente resolución al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de las partes a los efectos de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley del Registro Civil y en el artículo 264 de su Reglamento.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días en la forma prevista en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo exponer las alegaciones en que se basa, citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan, y siendo preceptiva para su admisión la constitución de depósito por importe de 800 euros en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado abierta en “Banesto” (número 2451-0000-00-número procedimiento-año procedimiento) o el ingreso de dicha cantidad mediante transferencia a la cuenta CCC número 0030-1846-42-0005001274, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Haciéndole saber de que contra la referida sentencia, cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en término de veinte días por medio de abogado y procurador.

Y para que sirva de notificación en forma a don Oswaldo Edber López Vallejo, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 19 de diciembre de 2012.—El secretario (firmado).

(03/2.494/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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