Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2013

Sección 1.4.60.23: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130205-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

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RESOLUCIÓN 776/AD/2012, del Director-Gerente, sobre la vivienda sita en calle Casiopea, número 53, portal 1, primero A, de Móstoles, por la que se resuelve compensar cantidades correspondientes al recibo del mes de mayo de 2012.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación de la Resolución 776/AD/2012, del Director-Gerente del IVIMA, sobre la vivienda sita en calle Casiopea, número 53, primero A, por la que se resuelve a favor de don Nadi Lghazouan Lghazouan: 1.o, compensar la cantidad de 437,49 euros, correspondientes al recibo del mes de mayo de 2012 (pagado y anulado), con el importe de 308,82 euros, correspondientes al recibo del mes de mayo de 2012 que ha sido emitido de nuevo y anular los derechos reconocidos por el recibo de nueva emisión dado como pagado; 2.o, acordar la minoración del importe del recibo del mes de octubre de 2012 en la cuantía de 128,67 euros. Se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrá ser examinado en el Área de Administración III del Instituto de la Vivienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.

En Madrid, a 5 de diciembre de 2012.—El Director-Gerente, Juan Van-Halen Rodríguez (Decreto 144/2011, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno).

(03/2.703/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.60.23: I. COMUNIDAD DE MADRID

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