Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130207-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Procedimiento ordinario 635 de 2010

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 635 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Oswaldo Salazar Rivadeneira, frente a “M. Lombardo, Sociedad Anónima”, y “Redinstal, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 26 de noviembre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta del escrito presentado por doña Silvia Sancho Mohedano, en nombre y representación de “M. Lombardo, Sociedad Anónima”, en fecha 27 de septiembre de 2012, en el que se solicita diligencias en relación con la prueba a practicar en el acto del juicio señalado para el día 14 de marzo de 2013. Con fecha 20 de noviembre de 2012 la misma parte presenta los poderes de doña Silvia Sancho Mohedano.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 26 de noviembre de 2012.—Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Ha lugar a la práctica de la diligencia de prueba interesada por “M. Lombardo, Sociedad Anónima”, y, en su consecuencia, se acuerda:

Acceder al interrogatorio de don Daniel Oswaldo Salazar Rivadeneira en las presentes actuaciones, para que declare sobre los hechos y circunstancias del pleito por los que se le pregunte y el tribunal declare pertinentes (artículo 302.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El interrogatorio tendrá lugar el día 14 de marzo de 2013, a las doce y treinta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado. Cítese a dicha parte a fin de practiar la prueba, con el apercibimiento de que si no comparece y no justifica el motivo de incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubiere intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le sea enteramente perjudicial (artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2511/0000/60/0635/10.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Ángel Juan Alonso Boggiero.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Redinstal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/976/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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