Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130215-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

OTROS ANUNCIOS

54
Notificación baja padrón habitantes

Resolución del tercer teniente de alcalde. N.a orden: EST/02/2012.

Antecedentes:

El artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, dispone que los Ayuntamientos darán la baja por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado.

Visto lo anterior y en uso de las atribuciones que confiere a la Alcaldía la normativa vigente y que fueron delegadas a esta Concejalía por Decreto de 1 de abril de 2012, resuelvo:

1.o Incoar expediente de baja en el padrón municipal de habitantes, por inscripción indebida, a las personas relacionadas en listado adjunto, que contiene 65 registros, comienza por Rachida Abchir y termina con Kalid Radkov Vasilev, al incumplir los requisitos establecidos en el artículo 54.1 del Real Decreto 2612/1996, por entender que no tiene fijada su residencia en este municipio durante la mayor parte del año.

2.o Remitir el expediente de baja con las actuaciones practicadas al Consejo de Empadronamiento, como trámite previo a la resolución.



Lo dicta y firma el tercer teniente de alcalde, en Collado Villalba, a 10 de diciembre de 2012.—Doy fe: el secretario accidental (firmado).—El tercer teniente de alcalde, concejal de Urbanismo, Medio Ambiente, Servicio de Atención al Ciudadano y Estadística (firmado).

(02/10.093/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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