Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130215-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Ejecución 194 de 2012

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 194 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Armando Caranci Revilla, frente a “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, don José Luis Cuadros Arias y “Protecny Segurity, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Armando Caranci Revilla con la empresa “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, con efectos desde esta resolución, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 9.994,94 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 26.000,32 euros en concepto de salarios de tramitación devengados desde el despido hasta la presente resolución.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Luis Cuadros Arias, “Protecny Segurity, Sociedad Anónima”, “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.082/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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