Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130215-169

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

EDICTO

169
Demanda 951 de 2011

Que en el procedimiento de demanda número 951 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Filip Jans, contra las empresas “Aplicaciones Técnicas Electrónicas y Audiovisuales, Sociedad Limitada”, “Discón, Sociedad Limitada”, la administradora concursal de “Discón, Sociedad Limitada”: “A Plus Abogados y Economistas, Sociedad Limitada Profesional”, “Ledom Estudios y Asesores Técnicos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se han dictado diligencias de ordenación de fechas 7 de noviembre de 2012 y 10 de diciembre de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Mercedes Llopis Lucas.—En Madrid, a 7 de noviembre de 2012.

Por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Se subsana el error informático en el sentido de incluir como demandada a la empresa “Discón, Sociedad Limitada”, ya que no figuraba en resoluciones dictadas con anterioridad, si bien la demanda original iba dirigida contra la misma.

Se tiene por ampliada la demanda contra la administradora concursal de “Discón, Sociedad Limitada”: “A Plus Abogados y Economistas, Sociedad Limitada Profesional”; la empresa “Ledom Estudios y Asesores Técnicos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 19 de febrero de 2013, a las diez y cincuenta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en Madrid, calle Princesa, número 3, décima planta. Hágase entrega a las demandadas contra las que se ha ampliado la demanda de copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Cítese en debida y legal forma al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Mercedes Llopis Lucas.—En Madrid, a 10 de diciembre de 2012.

Por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Visto el contenido del anterior escrito, se pone en conocimiento de la parte que el artículo 64.2.b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social exime de dicho trámite al demandante.

Se tiene por designado a efectos de notificaciones y del artículo 21 a la letrada doña Marta Flor Núñez García, con domicilio en calle María Zambrano, número 1, portal 4, tercero B, 28522 Rivas-Vaciamadrid (Madrid).

Respecto a la coincidencia de fechas de juicio, la letrada deberá avisar al agente judicial el mismo día del juicio para que tenga en cuenta dicho posible retraso.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones Técnicas Electrónicas y Audiovisuales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.943/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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