Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2013

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130220-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

URBANISMO

61
Modificación Puntual Normas Subsidiarias de Planeamiento

Mediante Resolución de 16 de noviembre de 2012, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012, se hace público el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 15 de noviembre de 2012, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Escorial, relativa a la ordenanza de aplicación a los solares situados en la avenida de la Constitución, números 49 y 57, y en la calle Felipe V, número 6.

En consecuencia, se procede a publicar el contenido de la parte de las Normas Urbanísticas afectadas por dicha Modificación Puntual, conforme a lo dispuesto en el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

El objeto de la modificación es la creación de un nuevo grado en la ordenanza 5, denominado “Grado 2-B”, de aplicación exclusiva a las parcelas situadas en la avenida de la Constitución, números 49 y 57, y en la calle Felipe V, número 6.

Los parámetros que se establecen para la nueva ordenanza 5, grado 2-B, son los siguientes:

Parcela mínima: 500 metros cuadrados.

Tipología: aislada.

Ocupación: 25 por 100.

Edificabilidad: 0,30 metros cuadrados por metro cuadrado.

Frente de parcela: 10 metros.

Altura de la edificación: dos plantas (baja + 1) y 6 metros.

Retranqueos: 5 metros a fachada y linderos.



En El Escorial, a 1 de febrero de 2013.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio.

(03/3.859/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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