Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
23-02-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130223-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

76
Demanda 1.060 de 2012

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.060 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Rodríguez Corredera, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 39 de 2013

En nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente

En Madrid, a 10 de enero de 2013.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de doña Ana Rodríguez Corredera, con documento nacional de identidad número 53020752-W, asistida del letrado don Miguel Ángel Serrano Serrano, colegiado número 15.563, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, que no comparece.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por doña Ana Rodríguez Corredera, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, a que abone a la demandante la cantidad total de 4.251,29 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, entidad 0030, oficina 1033 y número de cuenta corriente 2501/1060/00, el importe del principal y 300 euros.

Asimismo debe abonar en la Administración Tributaria las tasas judiciales conforme al modelo 696 de autoliquidación y aportar dicho ingreso con el anuncio de suplicación, en otro caso se le tendrá por desistido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.963/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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