Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130226-193

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

193
Demanda 842 de 2012-M (bis)

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 842 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sebastián Miguel Cristóbal, contra don José Luis Bozal González, “Instituto de Formación On Line, Sociedad Limitada”, “Software Education Multimedia, Sociedad Limitada”, e “Instituto de Salud y Dependencia, Sociedad Limitada”, sobre despido y cantidad, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 23 de enero de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que habiendo resultado negativa la notificación con traslado de la demanda y citación a juicio de los demandados “Software Education Multimedia, Sociedad Limitada”, “Instituto de Salud y Dependencia, Sociedad Limitada”, y don José Luis Bozal González, se suspende el juicio señalado para el día 24 de enero de 2013, señalándose nuevamente para el 4 de marzo de 2013, a las trece horas.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse: mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2850 en la entidad bancaria “Banesto”.

Providencia de la ilustrísima magistrada-juez, doña Sonia López Ramallo.—En Móstoles, a 9 de enero de 2013.

Dada cuenta; el anterior escrito de 19 de diciembre de 2012 presentado por la parte actora únase, dando traslado a las demás partes, y a la vista de su contenido se tiene por ampliada la demanda frente a “Software Education Multimedia, Sociedad Limitada”, “Instituto de Salud y Dependencia, Sociedad Limitada”, y don José Luis Bozal González, dándoles traslado de copia de la demanda, de la diligencia de ordenación de 22 de noviembre de 2012, en la que se tiene por ampliada la demanda, acordándose citar al administrador concursal y al Fondo de Garantía Salarial, y copia del acta de suspensión y nuevo señalamiento de 18 de diciembre de 2012, en el que se señala para juicio el día 24 de enero de 2013, a las once y quince horas.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Luis Bozal González, “Software Education Multimedia, Sociedad Limitada”, e “Instituto de Salud y Dependencia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 24 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.214/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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