Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130228-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

118
Despidos/ceses en general 403 de 2012

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 403 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Benito Luis Valdez Díaz, frente a “Desir Trade, Sociedad Limitada”, “Motor Press Ibérica, Sociedad Anónima”, y “Obras Paniagua y Raimundo, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo parcialmente la demanda del actor don Benito Luis Valdez Díaz y declaro que el actor fue objeto de cesión ilegal, por parte de las tres codemandadas, desde enero de 2010 hasta el día 14 de febrero de 2012.

En consecuencia, condeno de forma solidaria a las demandadas “Obras Paniagua y Raimundo, Sociedad Limitada”, “Desir Trade, Sociedad Limitada”, “Motor Press Ibérica, Sociedad Anónima”, a las consecuencias de la anterior declaración tanto salariales, como de cotización a la Seguridad Social en el período anteriormente señalado.

Desestimo la acción de despido y, en consecuencia, absuelvo a las citadas codemandadas de dicha acción frente a ellas, por no haber sido probado el citado despido.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con la indicación del número 403/12 de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, oficina que se encuentra en el edificio de este Juzgado, en la planta primera, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Asimismo, se hace saber a las partes que en caso de interponer recurso deben acreditar haber realizado la autoliquidación de tasas correspondientes conforme dispone la Ley de Tasas 10/2012, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de noviembre de 2012) y la orden HAP/2662/2012, de 13 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de diciembre de 2012)

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada la anterior sentencia en el día de la fecha por la ilustrísima magistrada-juez doña Francisca Arce Gómez que la suscribe en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Obras Paniagua y Raimundo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.420/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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