Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2013

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130228-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

RÉGIMEN ECONÓMICO

43
Notificación colectiva tributos cobro periódico

De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibos que a continuación se detallarán, se adopta, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

Primero.—Que la recaudación se lleve a cabo en cualquier oficina del territorio nacional de las siguientes entidades autorizadas: “Caja Madrid” y “La Caixa”.

Los documentos necesarios para efectuar el pago serán remitidos a los domicilios fiscales de los obligados al pago quienes, en caso de no recibirlos, extraviarlos u otras circunstancias, podrán solicitar la expedición de un duplicado en las Oficinas Recaudadoras del Ayuntamiento sitas en El Boalo (plaza de la Constitución, número 1), en Cerceda (plaza Mayor, número 2) y en Mataelpino (plaza de España, número 6).

Segundo.—Que la recaudación de los tributos correspondientes al año 2013 se llevará a cabo en las siguientes fechas:

— Del 1 de marzo al 30 de abril de 2013: impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2013 y tasa de recogida de basura domiciliaria 2013.

— Del 3 de mayo al 3 de julio de 2013: primera fracción del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2013.

— Del 1 de octubre al 2 de diciembre de 2013: segunda fracción del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2013, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2013 e impuesto sobre actividades económicas 2013.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio de cada período voluntario.

Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

Tercero.—Publíquese el correspondiente anuncio de cobranza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En El Boalo, a 17 de diciembre de 2012.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.

(02/9.974/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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