Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130302-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Ejecución 221 de 2012

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial por sustitución del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 221 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Hernán Escobar Betancur, frente a “Cubripalsa, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de fecha 28 de enero de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

Dispongo: Estimar la demanda incidental formulada por don Óscar Hernán Escobar Betancur, contra “Cubripalsa, Sociedad Limitada Unipersonal”, y en consecuencia,

1. Declarar que la empresa ejecutada no ha procedido a readmitir al trabajador despedido.

2. Resolver la relación contractual en el día de la fecha, condenando a la ejecutada a que satisfaga a la parte ejecutante la indemnización rescisoria total de 3.129,30 euros.

3. Condenar a la empresa a que satisfaga al ejecutante por el concepto de salarios de tramitación 19.146,68 euros correspondientes al período comprendido entre el día siguiente al despido y el día de esta resolución (cuatrocientas trece días).

4. Condenarle a que mantenga al trabajador ejecutante en situación de alta durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente del despido hasta el día de hoy.

5. Condenarle a que abone las costas del trámite.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir un depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social.

Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/30.

Por este auto lo pronuncia, manda y firma don Antonio Seoane García, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 34 de Madrid y su circunscripción territorial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cubripalsa, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.927/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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