Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130306-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Despidos/ceses en general 1.024 de 2012

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.024 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfredo Campa Gómez, frente a doña Juana Gómez Burgos, “Barnizados y Distribución de Molduras, Sociedad Limitada”, “Empobur, Sociedad Limitada”, “Fabricación y Distribución de Molduras, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 24 de enero de 2013.

Parte dispositiva:

Que estimando en parte la aclaración solicitada por la parte actora, resulta forzoso aclarar la resolución en su día dictada en el sentido siguiente:

En el fundamento de derecho tercero “in fine” y fallo, relativo a la indemnización, donde dice: “10.881,67 euros”; debe decir: “11.709,60 euros”.

No ha lugar a subsanar lo solicitado en lo que respecta a la omisión del importe de preaviso fijados en dicha resolución, por cuanto el preaviso sólo opera cuando hay indemnización de veinte días y no cuando es despido improcedente.

Manteniéndose los restantes pronunciamientos de la resolución en su integridad.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 452 a 454 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Ángel Luis del Olmo Torres.

Diligencia.—Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Empobur, Sociedad Limitada”, “Barnizados y Distribución de Molduras, Sociedad Limitada”, y “Fabricación y Distribución de Molduras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.111/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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