Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130307-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

EDICTO

96
Divorcio contencioso 918 de 2011

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado y con número DCT 918 de 2011 se siguen autos de divorcio contencioso a instancias de doña María Victoria Casas de Loma y en su nombre y representación la procuradora doña Marta Hernández Torrego contra don Ángel García Parrilla, declarado en rebeldía procesal, en cuyos autos se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 352 de 2012

La magistrada-juez que lo dicta, doña Ana Ruiz-Burgos Moreno.—En Madrid, a 28 de junio de 2012.

La ilustrísima doña Ana Ruiz-Burgos Moreno, magistrada-juez sustituta de primera instancia número 76 de Madrid, ha visto los autos de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado al número DCT 918 de 2011, a instancias de doña María Victoria Casas de Loma, representada por la procuradora de los Tribunales doña Marta Hernández Torrego, contra don Ángel García Parrilla, declarado en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimando la demanda formulada por la procuradora doña Marta Hernández Torrego, en nombre de doña María Victoria Casas de Loma, contra don Ángel García Parrilla, declarado en situación de rebeldía procesal, acuerdo la disolución de matrimonio formado por don Ángel García Parrilla y doña María Victoria Casas de Loma por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, así como los siguientes pronunciamientos:

— La revocación de todos los poderes y consentimientos que hayan sido otorgados por los cónyuges entre sí.

— Se decreta la disolución de la sociedad legal de gananciales.

— No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales.

Así, por esta sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, de la que se llevará testimonio a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado rebelde, don Ángel Garcia Parrilla, en paradero desconocido, expido el presente edicto en Madrid, a 21 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.257/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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