Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130309-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

58
Ejecución 84 de 2012

Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 84 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Syndi Patricio Yépez Herrería, frente a “Axom Media, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 24 de enero de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por 363 euros en concepto de costas y 397,72 euros en concepto de intereses, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte ejecutante el total de las cantidades resultantes de liquidación de intereses y tasación de costas practicada, librándose al efecto los oportunos mandamientos de devolución, que podrán retirarse en la Secretaría de este órgano judicial, de lunes a viernes, en horario de nueve a trece horas, bajo apercibimiento, conforme al Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, de que caduca a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como de que, transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo, se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.

Remítase oficios a los Juzgado de lo social números 25, 7, 36, 33, 23 y 38, poniendo a su disposición el sobrante de 1.059,78 euros para que de seguirse ejecución contra la misma deudora lo puedan solicitar en el plazo máximo de cinco días, haciéndoles saber que de no cobrarlo se procederá a entregarlo a la parte ejecutada.

Una vez verificado todo ello, archívense las actuaciones dejando nota en los libros de registro.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Axom Media, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.697/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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