Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130309-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

93
Ejecución 77 de 2012

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 77 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco José Natera Peral, frente a “Gestoría Arcas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba el remate de los bienes subastados y reseñados en el segundo antecedente de esta resolución a favor de don Bienvenido Aragón Sanz con documento nacional de identidad número 4513655-C, por la cantidad de 100 euros.

Firme la presente resolución, líbrese mandamiento a favor de don Bienvenido Aragón Sanz por importe de 410 euros en concepto de diferencia entre la cantidad consignada (510 euros, igual al 20 por 100 del valor de tasación y el remate), poniendo en su conocimiento que según lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 467/2006, los mandamientos deben ser presentados a cobro en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de emisión de los mismos, y vencido el plazo citado caducarán, procediendo a ingresar la cantidad en la cuenta “Fondos provisionalmente abandonados”, prevista en el citado Real Decreto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestoría Arcas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.708/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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