Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2013

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130309-16

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

16
Ordenanza fiscal ocupación vía pública

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del artículo 6 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo situados en terreno de uso público local, así como industrias callejeras ambulantes, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Art. 6. Cuota tributaria.—1. Ocupación para mercadillo:

Las tarifas que figuraban anteriormente eran:

— Por instalación de puestos de venta de cualquier clase en la vía pública un día a la semana hasta 8 metros lineales: 300,51 euros al año.

— Por instalación de puestos de venta de cualquier clase en la vía pública dos días a la semana hasta 8 metros lineales: 601,01 euros al año.

— Por instalación de puestos de venta de cualquier clase en la vía pública un día a la semana de más de 8 metros lineales hasta 12 metros lineales: 601,01 euros al año.

— Por instalación de puestos de venta de cualquier clase en la vía pública dos días a la semana de más de 8 metros lineales hasta 12 metros lineales: 721,21 euros al año.

— A partir de 12 metros lineales: 60,10 euros por año cada metro adicional, un día a la semana y 90,15 euros dos días a la semana.

La modificación y tarifas actuales son:

— Por instalación de puestos de venta de cualquier clase en la vía pública un día a la semana hasta 7,50 metros lineales: 300 euros al año.

— Por instalación de puestos de venta de cualquier clase en la vía pública un día a la semana de 7,50 a 10 metros lineales 600: euros al año.

— Por instalación de puestos de venta de cualquier clase en la vía pública un día a la semana de 10 a 12,50 metros lineales: 750 euros al año.

— A partir de 12 metros lineales: 60,10 euros por año cada metro adicional, un día a la semana y 90,15 euros dos días a la semana.

En todos los casos anteriores, en el caso de que fuesen dos días a la semana será el mismo precio más un 30 por 100 al año.

Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Robledo de Chavela, a 18 de febrero de 2012.—El alcalde, Mario A. de la Fuente Estévez.

(03/6.281/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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