Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2013

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130309-15

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

15
Modificación ordenanza precios públicos actividades deportivas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del artículo 5 de la ordenanza municipal reguladora del establecimiento y normas de gestión de precios públicos por utilización de servicios y actividades deportivas del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Exenciones, reducciones y demás beneficios

Art. 5. No se establecen beneficios ni reducciones especiales.

Precios: los precios reflejados a continuación se actualizarán automáticamente y anualmente según el Índice de Precios al Consumo aprobado para el año inmediatamente anterior.

La única variación realizada en este artículo afecta solo a las cuotas de pádel, manteniéndose el resto de precios como figura en la ordenanza.

Cuotas clases de pádel como figuraban anteriormente:

— Martes y jueves:

• Socios: 20 euros.

• No socios 30 euros.

— Viernes y sábados:

• Socios: 20 euros.

• No socios: 30 euros.

— Sábado:

• Socios: 10 euros.

• No socios: 18 euros.

Cuotas clase de pádel modificadas y actuales:

— Martes y jueves:

• Socios 25 euros.

• No socios 35 euros.

— Viernes y sábados:

• Socios: 25 euros.

• No socios: 35 euros.

— Sábado:

• Socios: 12,50 euros.

• No socios: 20,50 euros.

Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Robledo de Chavela, a 18 de febrero de 2012.—El alcalde, Mario A. de la Fuente Estévez.

(03/6.280/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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